*Para la inscripción o renovación de empresas de seguridad privada, previo a realizar la solicitud en sistema, agradecemos ver el siguiente video que le va a ayudar a comprender de mejor manera el proceso: ver video
Región de Acordeón
Requisitos de Empresa
Las empresas de seguridad patrimonial con cinco o menos agentes, no están en la obligatoriedad de inscribirse ante esta Dirección, siempre y cuando, no superen la cantidad de cinco agentes inscritos, según lo establecido en el artículo 43 de la Ley 8395. El procedimiento para inscribir a su personal, consiste en solicitar la inscripción como Agente General Patrimonial, cumpliendo con los requisitos de agente de seguridad patrimonial.
Importante:
"Se está realizando una actualización de los mismo, de requerir alguna información diríjase al correo dssp@msp.go.cr"
Requisitos de Agente
Inscripción / Renovación
Exclusión de personal
De conformidad al artículo 28 del Reglamento a la Ley 8395, la empresa deberá proporcionar la siguiente información correspondiente al agente:
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